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Financiación y Fiscalidad cultural
 

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La financiación y la fiscalidad en relación con la cultura se basan en 2 pilares fundamentales que hay que tener en cuenta a la hora de gestionar la cultura. Por un lado, la financiación, basada en las las ayudas y subvenciones; y, por otro, la fiscalidad cultural, constituida, principalmente, por los incentivos fiscales al patrocinio y mecenazgo.

Tanto las las personas como las entidades privadas, si cumplen algunos requisitos, pueden beneficiarse de las ayudas y subvenciones que el sector público ofrece para incentivar las iniciativas, actividades y proyectos culturales.

Por su parte, las denominadas entidades sin fines lucrativos (Fundaciones, Asociaciones y otras entidades del Tercer Sector) pueden beneficiarse de una serie de beneficios, incentivos y exenciones fiscales bien a través de ayudas o subvenciones, bien por medio de incentivos fiscales que tienen como fin incentivar el patrocinio y el mecenazgo de actividades y proyectos  culturales.

La financiación cultural regula una serie de fórmulas que permiten tanto a las personas jurídicas (públicas, privadas o mixtas), como a las personas físicas (creadores, autores, etc.), acceder a una serie de ayudas que contribuyan a sufragar parte de los costes de los bienes, entidades y actividades culturales. La ayuda pública se articula principalmente, a través de las subvenciones culturales, mientras que la ayuda privada, mediante el patrocinio y el mecenazgo.

Se entiende por subvención, toda disposición dineraria realizada por las Administraciones públicas, organismos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes, a favor de personas públicas o privadas, que cumpla los siguientes requisitos:

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realice una entrega sin contraprestación directa de los beneficiarios

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la entrega está sujeta el cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hayan establecido.

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el proyecto, la acción, la conducta o la situación financiada ha de tener por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

Por su parte, el patrocinio es la esponsorización privada de actividades o proyectos culturales concretos. Por el contrario, el mecenazgo consiste en la participación privada en la realización de actividades de interés general. Esta participación del sector privado puede ser incentivada a través del reconocimiento de beneficios fiscales.
 

 

Principal legislación sobre financiación y fiscalidad en relación con la gestión cultural:

Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (LIFM).

 

 B.O.E:  307 de 24/12/2002

Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, que aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

 

 B.O.E:  254 de 23/10/2003

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

 

 B.O.E  284 de 27/11/2003

Ley 38/2003, de 17 de noviembre de subvenciones públicas.

 

 B.O.E: 276 de 18/11/2003

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 B.O.E: 176 de 25/07/2006

OM TAS/955/2004, de 2 de abril, de subvenciones a actividades de promoción de economía social, responsabilidad social de la empresa y el autoempleo, y para gastos de asociaciones, cooperativas, sociedades laborables, trabajadores autónomos y otros entes.

 B.O.E  90 de 14/4/2004

ORDEN del Ministerio de Cultura CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

 

B.O.E  7 de 08/01/2005

                                                                                                          

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