El Programa de Internacionalización de la Cultura Española (PICE), en su modalidad de movilidad, tiene como objetivo incentivar a las entidades e instituciones extranjeras  de referencia en el ámbito cultural -tanto públicas como privadas- , para que programen en el exterior a artistas, profesionales y creadores culturales españoles. Así, el Programa facilita la internacionalización del sector creativo y cultural español, a través de su presencia en actividades en el exterior promovidas por dichas entidades e instituciones culturales extranjeras. 

PLAZOS Y FICHA PARA SOLICITUDES AYUDAS PICE / MOVILIDAD:

Las ayudas pueden solicitarse exclusivamente por entidades e instituciones culturales extranjeras bianualmente, en dos plazos sucesivos de presentación de solicitudes, con fecha límite de recepción de proyectos de actividades a 31 de marzo y a 30 de septiembre 2014.

La fecha límite para el envío de solicitudes, para los proyectos de actividad dentro del primer plazo anual de las ayudas para el 2014, termina el 31 de marzo.
Las solicitudes deberán cumplimentarse debidamente en la fiicha se solicitud, en español o en inglés, con remisión por correo electrónico a la correspondiente área:

Artes escénicas: artesescenicas@accioncultural.es
Artes visuales: artesvisuales@accioncultural.es
Cine y documental: cine@accioncultural.es
Literatura y libro: literatura@accioncultural.es
Música: música@accioncultural.es
Otros (arquitectura, diseño, moda, industrias culturales): otros@accioncultural.es

Pincha para acceder a:

→ FICHA DE SOLICITUD (Word)
 FICHA DE SOLICITUD (Pdf)


BASES DE PICE / MOVILIDAD:

1. Las candidaturas de artistas, profesionales y creadores españoles para participar en las ayudas de movilidad del PICE únicamente podrán ser a propuesta de entidades e instituciones culturales extranjeras. No se admitirán propuestas de otro tipo de instituciones ni de personas físicas.

2.  Cada entidad o institución extranjera solicitante podrá presentar un máximo de dos solicitudes por año –en marzo y/o septiembre-.

3. Un Comité Asesor externo especializado nombrado por AC/E se encargará de seleccionar las actividades y candidatos para las mismas a partir de criterios objetivos en función de la naturaleza del programa de actividad  propuesto.

4. En lo referente al PERFIL DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE se valorará:
–  que se trate de una entidad o institución extranjera, pública o privada, relevante culturalmente en su país de origen o con proyección internacional;
–  que se trate de una entidad o institución extranjera organizadora de algún evento o programa cultural preferiblemente colectivo (bienales, festivales, etc.);
–  que la entidad o institución extranjera disponga de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades propuestas y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en las actividades objeto de las ayudas;

5.- En cuanto al PERFIL DEL PROYECTO DE ACTIVIDAD SOLICITADA, se valorará:
–  que se trate de una actividad en el marco de un proyecto general de carácter viable; que el proyecto pueda tener continuidad en el tiempo;
– que sea preferentemente una actividad colectiva con implicación de varios artistas, profesionales o creadores españoles;
–  que sea preferentemente una actividad que tenga su origen en un proyecto de actividad aprobado con anterioridad en la modalidad de visitantes del PICE;
–  que el proyecto ayude a consolidar la presencia del profesional o creativo español en el panorama internacional;
–  que se trate de un proyecto que no reciba otro tipo de ayuda pública española.

6. Las actividades propuestas por las entidades solicitantes deberán realizarse por aquéllas que resulten beneficiarias en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha de comienzo de la actividad prevista en la solicitud.

7. La actividad aprobada contará con una ayuda cuya asignación máxima será de 5.000€. Podrán imputarse las ayudas a las siguientes partidas relativas a la participación española en el proyecto objeto de la ayuda concedida:
–  gastos de desplazamiento;
–  gastos de alojamiento y manutención;
–  gastos de la pre-producción o producción de la actividad (difusión, honorarios, etc)

8. Los proyectos que se presenten deberán contar con una aportación cofinanciada de, al menos, un  50% del importe del presupuesto total de la actividad, recabada por la entidad o institución extranjera solicitante. Dicha aportación se cifrará en la ficha de solicitud, con indicación de los conceptos y cuantías para los que se solicita la ayuda así como los recabados por la entidad solicitante.

9. Las solicitudes que no alcancen dicho 50% de cofinanciación no serán tomadas en consideración.

10. Los solicitantes no podrán haber obtenido ayuda para proyectos en el marco de la edición del PICE/ Movilidad del año anterior.

11. El plazo de resolución para la concesión de las ayudas será de seis semanas a partir de la fecha límite de recepción de solicitudes.

12. La relación de entidades o instituciones extranjeras beneficiarias de las ayudas se publicará en la web de AC/E http://www.accioncultural.es/es/progPICE al día siguiente de finalizado el plazo de resolución de las ayudas.

13. Los referidos beneficiarios deberán aceptar la ayuda concedida (por correo electrónico a la correspondiente área de actividad especificada en el apartado 17, que cursará acuse de recibo) en el plazo de diez días naturales a partir de la publicación de la relación antes citada. Se entenderá que el beneficiario desiste de su petición de ayuda de no recibirse dicha comunicación dentro de plazo.

14.  Para recibir las correspondientes ayudas los beneficiarios confirmados deberán suscribir un Convenio de Colaboración con AC/E según modelo conformado (pincha para acceder al convenio tipo, Word) en el plazo de diez días naturales finalizado el plazo para la aceptación expresa de las ayudas. En caso de que se hubiera producido alguna modificación sobre la actividad objeto de la ayuda concedida (participantes españoles, fechas de celebración, importe de co-financiación, etc.), la entidad solicitante lo comunicará a AC/E antes de la suscripción del citado convenio con el fin de que confirme su colaboración.

15. Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la justificación del cumplimiento de la finalidad de la actividad y de la aplicación de los fondos en el plazo de tres meses desde la finalización de la actividad en cuestión mediante:
– relación clasificada de gastos con cargo a la ayuda;
– facturas o documentos de valor probatorio de dichos gastos.

16. AC/E abonará el importe máximo concedido, en un plazo aproximado de 30 días mediante transferencia bancaria, tras la finalización del proyecto y previa presentación de la correspondiente factura emitida en la moneda local, en buena y debida forma, anexando una memoria económica y el resto de documentación detallado en la cláusula primera, punto I, del convenio de colaboración.

17. Las entidades e instituciones extranjeras solicitantes podrán recabar información adicional o complementaria y clarificar cualquier duda respecto a esta edición de las ayudas, a las distintas áreas culturales en las que se pueden presentar  las solicitudes, en las siguientes direcciones:

artesescenicas@accioncultural.es
artesvisuales@accioncultural.es
cine@accioncultural.es
literatura@accioncultural.es
musica@accioncultural.es
otros@accioncultural.es

– See more at: http://www.accioncultural.es/es/programa_movilidad#sthash.3yIMikg2.dpuf

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *